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Autorización de Cambio de Destino

Dónde se realiza?

Municipalidad. Direccion de Obras.

Requisitos

Lo debe realizar un Arquitecto. Conocenos

El solicitante debe ser propietario del predio o inmueble en el cual se requieran efectuar obras

El Director de Obras Municipales informará favorablemente el cambio de destino, si dicho cambio cumple con:

  • El uso de suelo (zona de uso de suelo que permita el cambio de destino según Plan regulador)

  • Las normas sobre accesibilidad universal y discapacidad, y las normas de seguridad. (OGUC)

  • Las demás normas que para el nuevo uso señale la presente Ordenanza general de urbanismo y construcción y el Instrumento de Planificación Territorial respectivo.

Descripción del trámite (Ampliaciones)

Permite cambiar el destino habitacional de un inmueble a destino comercial u otro.

Documentos para la tramitación

1.Solicitud con datos completos firmada por el(los) propietario(s). Indicar si la solicitud se refiere a toda o parte de una edificación existente y el destino requerido, junto con la declaración simple de dominio. (No existe formulario MINVU pero el Municipio podría tener uno de uso interno). 2.Si el propietario es una persona jurídica, deberá adjuntar escritura de constitución de sociedad. 3.Certificado de Informaciones Previas. 4.Copia del certificado de avalúo fiscal detallado del SII con el número del rol., deberá solicitar en impuestos internos que el certificado incorpore el avalúo fiscal del terreno, además de las edificaciones existentes. 5.Certificado de Dominio Vigente y Certificado de Hipotecas y Gravámenes, vigentes y en original (solicitar en Conservador de Bienes Raíces). 6.Fotocopia de cedula de identidad del propietario o representante legal. 7.Declaración jurada del propietario o representante legal señalando que no hay modificación o alteración del inmueble. 8.Copia de permiso de edificación, certificado de recepción definitiva y plano autorizado por la dirección de obras. (Se utilizara para indicar claramente la superficie del inmueble para el cual solicita el cambio de destino y superficie del terreno.) 9.Plano y memoria de accesibilidad firmado por profesional arquitecto y su patente profesional al día dando cumplimiento a la accesibilidad universal establecida en el decreto n°50 (v. Y u.) De 2015 (d.o.04.03.2016) y d.d.u. 351/2017. 10.Otros documentos (considerar que cada Municipio puede tener exigencias particulares según su Ordenanza Local). Para inmuebles acogidos a Ley de Copropiedad Inmobiliaria, también deberá adjuntarse: •Fotocopia del Reglamento y del Acta de Asamblea de Copropietarios en que conste la habilitación de sus representantes que suscriben esta solicitud. •Fotocopia del Acta de Asamblea que autorice el cambio de destino, cumpliendo con los quórum exigidos en la Ley Nº 19.537 de copropiedad inmobiliaria e individualizando las unidades del condominio implicadas y su destino solicito Se deberán acompañar documentos que correspondan para alteración o ampliación de edificio existente. En caso que el cambio de destino genere crecimiento urbano por densificación el Director de Obras Municipales deberá verificar que se haya materializado o garantizado el Aporte al Espacio Público a que se refiere el artículo 2.2.5. Bis B (Ordenanza General de Urbanismo y Construcción,) para el nuevo destino.

Cuando NO se requiere un Cambio de destino?

Según lo indica el tercer párrafo del artículo 145 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC) "No se considerará alteración del destino de un inmueble la instalación en él de pequeños comercios o industrias artesanales, o el ejercicio de una actividad profesional, si su principal destinación subsiste como habitacional."

© 2022 Creado por Consultoría "Proyecta en regla" Arquitectura y coordinación de proyectos 2014

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